Probablemente, estás valorando si te puedes beneficiar de un procedimiento concursal y liberarte de tus deudas.
Vamos a explicarte de forma clara y práctica las ventajas de la Ley de Segunda Oportunidad en España.
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Toggle🛑 ¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal pensado para personas físicas (autónomos o particulares) que no pueden hacer frente a sus deudas, y que permite cancelar parte o la totalidad de sus deudas tras un proceso judicial. Es una especie de “borrón y cuenta nueva” para quienes han actuado de buena fe pero se han visto atrapados en una situación económica insostenible.
📌 Está regulada por el Real Decreto-Ley 1/2015 y reformada por la Ley 16/2022, que introdujo mejoras y simplificaciones en el procedimiento.
✅ ¿Quién puede acogerse?
Pueden hacerlo tanto particulares como autónomos, siempre que cumplan ciertos requisitos:
Requisitos principales:
Ser insolvente de forma real: Es decir, no poder pagar tus deudas ni ahora ni en un futuro próximo.
Actuar de buena fe, lo que implica:
No haber sido condenado por delitos económicos graves (estafa, blanqueo, falsedad documental…).
No haber rechazado una oferta de empleo adecuada en los últimos 4 años.
No haber usado esta ley en los últimos 5 años (si se solicita exoneración total) o 2 años (si se opta por plan de pagos).
Colaborar con el juez y el administrador concursal.
En muchos casos, no tener patrimonio suficiente para pagar la deuda (aunque puede haber excepciones si se acepta un plan de pagos).
⚖️ ¿Cómo funciona el proceso?
📍 1. Declaración de concurso (concurso sin masa o con masa)
El deudor solicita ante el juzgado mercantil su concurso de acreedores, alegando que no puede pagar sus deudas. Si no tiene bienes significativos, se tramita como concurso sin masa (rápido y simplificado).
📍 2. Exoneración de las deudas
Una vez declarado el concurso, se puede solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), es decir, cancelar las deudas. Aquí hay dos vías:
Opción A: Exoneración inmediata (si no tienes bienes ni ingresos)
Se cancelan las deudas sin necesidad de pagar nada.
No hace falta plan de pagos.
Opción B: Exoneración con plan de pagos (hasta 5 años)
Si tienes ingresos o algo de patrimonio, puedes acogerte a un plan de pagos.
Se te perdonará parte de la deuda, y el resto se paga de forma ordenada durante un plazo de 3 a 5 años.
Tras cumplir el plan, se cancela lo que quede.
💥 ¿Qué deudas se pueden cancelar?
✔️ Se pueden cancelar:
Préstamos personales y bancarios
Tarjetas de crédito y revolving
Descubiertos en cuenta
Microcréditos y deudas con financieras
Avales entre particulares o de familiares
Deudas con fondos buitre
❌ No se pueden cancelar (salvo excepciones):
Deudas por pensiones de alimentos o compensatorias (divorcios)
Multas penales o sanciones administrativas graves
Deudas por responsabilidad civil derivada de delitos
Parte de la deuda con Hacienda o Seguridad Social (aunque sí se puede fraccionar y aliviar)
🔹 Ojo: Desde 2022, sí se puede exonerar parte de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social, con ciertos límites (hasta 10.000 € por organismo).
🧾 ¿Y qué pasa con tu historial?
Aparecerás en registros de morosos y boletines judiciales durante un tiempo.
La exoneración se inscribe en el Registro Público Concursal, pero no es público para cualquiera (solo ciertos profesionales).
Pasado un tiempo, puedes recuperar tu historial financiero si no reincides.
🧠 Ventajas de la Ley de Segunda Oportunidad
✅ Puedes eliminar deudas y empezar de cero
✅ Te protege frente a embargos
✅ Se paralizan intereses, ejecuciones y reclamaciones
✅ Te permite rehacer tu vida personal y profesional
✅ Gana tiempo: puedes negociar pagos realistas
📌 ¿Cómo empezar?
Contacta con nosotros, que somos abogados especializados en estos asuntos. Llama a nuestro teléfono 856214371 o escríbenos a nuestro correo info@abogadoalgeciras.com.
Reúne toda la documentación que tengas sobre deudas, ingresos, bienes, contratos, sentencias, etc.
- Estudiamos el asunto y vemos la viabilidad de la demanda.
Presentamos la solicitud en el juzgado mercantil de tu provincia.